El derecho de puesta a disposición del público: antecedentes normativos y primera jurisprudencia

Autores/as

  • María Rita Braga de Siqueira

Palabras clave:

propiedad intelectual, Internet, sociedad de información, Tratados OMPI de 1996, derecho de puesta a disposición del público

Resumen

A lo largo de la historia de la humanidad se han vivido innumerables revoluciones tecnológicas que implicaron grandes transformaciones sociales, económicas y, por supuesto, jurídicas. Y uno de los sectores del ordenamiento jurídico en los que se observa de forma patente una correlación con el desarrollo tecnológico es, justamente, el de la propiedad intelectual. La consagración de Internet, la más reciente revolución tecnológica vivida ha acelerado de forma extraordinaria la difusión de las obras y prestaciones protegidas. Sin embargo, esa amplia difusión del contenido cultural, al mismo tiempo, debilita el equilibrio de intereses que se ha construido poco a poco a lo largo del último siglo, ya que dificulta el control de la explotación de los bienes integrantes de la propiedad intelectual por parte de sus titulares. En ese contexto, el derecho de puesta a disposición del público adquiere una clara relevancia jurídica una vez que disciplina la explotación de dichos bienes protegidos en el entorno digital. El presente trabajo tiene como una de sus finalidades reflexionar sobre la amenaza que esta nueva revolución representa sobre los ya consagrados principios de la propiedad intelectual. Y también sobre los nuevos horizontes que se abren en virtud de esta misma revolución.

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Publicado

31-05-2010

Cómo citar

[1]
M. R. Braga de Siqueira, «El derecho de puesta a disposición del público: antecedentes normativos y primera jurisprudencia», pei, vol. 12, n.º 34, pp. 43–93, may 2010.