El Derecho del trabajo y el Derecho de propiedad intelectual. Los problemas derivados de la colisión de ambas disciplinas

Autores/as

  • Cristina Aragón Gómez

Palabras clave:

Propiedad intelectual, contrato de trabajo, relación laboral, autor asalariado, trabajador intelectual, cesión de los derechos de autor

Resumen

Cada vez es más frecuente que las obras de propiedad intelectual se realicen en el marco de una relación laboral. Sin embargo, su regulación es sumamente parca. La única previsión al respecto se encuentra en el art. 51 LPI que se limita a regular la transmisión el empresario de los derechos de explotación de una obra que ha visto la luz en el marco de un contrato de trabajo. A mayor abundamiento, se plantean serios problemas de integración de las normas correspondientes al Derecho de Propiedad Intelectual y al Derecho del Trabajo en la medida en que una y otra disciplina se basan en principios difícilmente conciliables. El objeto del presente estudio es poner de manifiesto las tensiones que se producen entre ambas disciplinas jurídicas y las posibles vías de conciliación entre ellas.

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Publicado

30-09-2007

Cómo citar

[1]
C. Aragón Gómez, «El Derecho del trabajo y el Derecho de propiedad intelectual. Los problemas derivados de la colisión de ambas disciplinas», pei, vol. 9, n.º 26, pp. 129–127, sep. 2007.