El mecanismo de adaptación contractual del artículo 20 de la Directiva sobre derechos de autor en el mercado único digital y su transposición al Derecho español
Palabras clave:
derechos de autor, acción de revisión, cláusula best-seller, Remuneración de autores e intérpretes, mercado único digital, mecanismo de adaptación de contratosResumen
Entre otras medidas, la Directiva (UE) 2019/790, de 17 de abril de 2019, sobre los derechos de autor y derechos afines en el mercado único digital obliga a los Estados miembros de la UE a implementar mecanismos de adaptación de contratos que permitan a los autores e intérpretes reclamar una remuneración adicional, adecuada y equitativa en casos de desequilibrio económico entre la remuneración inicialmente pactada y los ingresos derivados de la explotación de sus obras e interpretaciones. Mediante el Real Decreto-Ley 24/2021 se transpuso la Directiva al ordenamiento jurídico español y se modificó el ar tícu lo 47 TRLPI, que establecía ya una acción de revisión por remuneración no equitativa en circunstancias limitadas. Este ar tícu lo proporciona un examen tanto del proceso europeo de armonización del mecanismo de adaptación de contratos para la explotación de obras y otros contenidos como del régimen jurídico vigente de la acción en el derecho español derivado de la transposición. En particular, el trabajo identifica y discute las diferencias entre uno y otro texto y procede a una valoración crítica del mecanismo. Desde un punto de vista económico, se muestra cómo el mecanismo de adaptación contractual establecido en los ar tícu los 20 de la Directiva y 47 TRLPI puede reducir los ingresos iniciales esperados de todo el conjunto de autores y artistas de un modo que no compensa los beneficios sociales que pueden asociarse con una cláusula best-seller. Desde un enfoque de justicia distributiva, el mecanismo de adaptación contractual puede ser criticado por consistir en una medida paternalista que conlleva una transferencia de riqueza de los creadores más pobres a los más ricos.