VCAST contra RTI: ¿Hacia una copia privada en la nube? Comentario a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 29 de noviembre de 2017 en el asunto C-265/16
Palabras clave:
procedimiento prejudicial, derechos de autor y derechos afines, derecho de reproducción, límite o excepción de copia privada, intervención activa en la grabación de copias, derecho de comunicación pública, puesta a disposición del público, servicio de videograbación en la nube, cloud computing, NPVRResumen
en su sentencia de 29 de noviembre de 2017 (asunto C-265/16 «VCAST limited contra r.T.I. S.p.A.»), el TJue descarta que el servicio de grabación de emisiones televisivas en la nube «VCAST» pueda acogerse al límite de copia privada del art. 5.2 b) de la directiva 2001/29. para el TJue, VCAST no sólo permite a los usuarios grabar programas de televisión en sus cuentas privadas en la nube (dropbox o servicios análogos), sino que, para ello, capta y pone a disposición del público las emisiones en condiciones técnicas específicas y sin contar con la autorización de los organismos de radiodifusión afectados (entre otros, la Reti Televisive Italiane o rTI, propiedad de mediaset). la derrota de VCast ltd. en su contienda particular con mediaset resulta incontestable: el TJue no deja margen de interpretación al tribunal de Turín que remitió la cuestión prejudicial, por lo que, previsiblemente, VCAST será condenada en Italia y deberá dotarse de las licencias necesarias si quiere seguir operando de forma lícita. la sentencia invita a reflexionar sobre el horizonte de la copia privada en la nube y su correlato jurídico: una compensación desligada de equipos, aparatos y soportes. Y corresponderá al TJue en próximos pronunciamientos o, tal vez al legislador de la unión europea, aclarar los contornos jurídicos de esta nueva modalidad de reproducción y su encaje en el derecho de la unión.