La función de determinación de tarifas por la Sección Primera de la Comisión de Propiedad Intelectual
Palabras clave:
derechos de Propiedad Intelectual, entidades de gestión colectiva, Conflictos tarifarios con los usuarios, Sección Primera de la Comisión de Propiedad Intelectual, tarifas Generales, determinación de las tarifas por el reguladorResumen
La Ley 24/2014 ha modificado en profundidad el régimen jurídico de la gestión colectiva de los derechos de propiedad intelectual; en particular, se han reforzado las competencias de la Sección Primera de la Comisión de Propiedad Intelectual con dos nuevas funciones -de determinación y control de las tarifas generales aprobadas unilateralmente por las entidades de gestión-, que configuran este organismo como un auténtico regulador sectorial, pero cuyo ejercicio efectivo ha quedado diferido hasta junio de 2016 a causa del retraso habido en el necesario desarrollo reglamentario del nuevo marco legal. Este trabajo se centra en la nueva función de determinación de tarifas generales por la Sección Primera, analizando las causas que la motivan, sus presupuestos, el ámbito objetivo y subjetivo de aplicación y algunas de las cuestiones que se pueden plantear en la tramitación y resolución del procedimiento administrativo de determinación de tarifas previsto en el artículo 158 bis.3 del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual.