La socialización de la compensación equitativa por copia privada: ¿un desatino inconstitucional?

Autores/as

  • Javier Avilés García

Palabras clave:

propiedad intelectual, copia privada, canon o sistema de compensación equitativa, principio de primacía del Derecho europeo

Resumen

Transcurridos tres años desde el inicio de la reforma del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual al cobijo de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible, ésta parecía finalmente cerrarse tras la discutida aprobación de la Ley 21/2014, de 4 de noviembre, de modificación del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual. Sin embargo, la última elección del legislador parece haber soslayado de facto los problemas de fondo en materia de compensación equitativa por copia privada, inclinándose por la inédita e insólita vía legal de traspasar una obligación de origen y naturaleza netamente privada con cargo a los Presupuestos Generales del Estado. La cuestión prejudicial interpuesta a finales de 2014 por el Tribunal Supremo ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), y, particularmente, el recurso de inconstitucionalidad de febrero de 2015 penden como espada de Damocles sobre la configuración jurídica actual y futura del derecho de compensación equitativa por copia privada en nuestro país. Sin embargo las claves jurídicas parecen estar prefiguradas y suficientemente fundadas en una dirección determinada, que parecen chocar en varios puntos con la nueva situación legal finalmente decantada tras la aprobación de la Ley 21/2014.

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Publicado

31-01-2016

Cómo citar

[1]
J. Avilés García, «La socialización de la compensación equitativa por copia privada: ¿un desatino inconstitucional?», pei, vol. 17, n.º 51, pp. 13–62, ene. 2016.