Las diligencias preliminares en materia de propiedad intelectual tras la reforma operada por la Ley 21/2014, de 4 de noviembre

Autores/as

  • Ana Montesinos García

Palabras clave:

diligencias preliminares, propiedad intelectual, prestador de servicios, usuario, sociedad de la información, protección de datos, redes de pares, Internet.

Resumen

Se analiza en este artículo la reforma operada en materia de diligencias preliminares en el ámbito de la propiedad intelectual por la Ley 21/2014 por la que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual y la Ley de Enjuiciamiento Civil. Se estudian en primer lugar, los cambios que ha sufrido la diligencia preliminar de obtención de datos sobre el posible infractor, el origen y redes de distribución de las obras, mercancías o servicios que infringen un derecho de propiedad intelectual prevista en el artículo 256.1.7º LEC y a continuación, se examinan las dos nuevas diligencias preliminares introducidas por la mencionada Ley dirigidas a la identificación tanto del prestador como del usuario de un servicio de la sociedad de la información que presumiblemente infringe derechos de propiedad intelectual (arts. 256.1 10º y 11º LEC respectivamente). El estudio concluye con una somera referencia a la prohibición de divulgación o culminación de terceros de la información obtenida tras la práctica de estas diligencias.

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Publicado

30-09-2015

Cómo citar

[1]
A. Montesinos García, «Las diligencias preliminares en materia de propiedad intelectual tras la reforma operada por la Ley 21/2014, de 4 de noviembre», pei, vol. 17, n.º 50, pp. 35–70, sep. 2015.